Cuando compramos un remolque, muchas veces nos planteamos la duda de las obligaciones que tenemos desde el punto de vista de las inspecciones, documentación o normas de circulación que afectan directamente a nuestro remolque o al vehículo en el que lo llevamos. En TrailCenter queremos asesorarte al respecto, en este caso, de la normativa que afecta a la obligatoriedad o no de someter a nuestro remolque a la inspección técnica de vehículo (ITV).
En este sentido, la ley especifica que los remolques ligeros, es decir, aquellos cuya MMA es igual o inferior a 750 Kg no tienen que pasar la ITV.
Por otra parte, los remolques matriculados (placa roja), es decir, aquellos cuya MMA es superior a 750 kg y de hasta 3.500 kg, si tienen la obligación de pasar la ITV.
Los plazos que tienen que pasar estos últimos las revisiones en la ITV son:
– Durante los 6 primeros años: una vez cada 2 años
– De los 6 a 10 años: una vez cada año
– Con más de 10 años: una vez cada 6 meses.